Este trámite consiste en el pago del impuesto que se recauda de 36 municipios del estado, con excepción de Durango, Gómez Palacio y Lerdo. Dicho impuesto se aplica sobre la propiedad inmueble y se genera por la existencia del predio. Su recaudación tiene diversos propósitos, entre ellos contribuir a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos mediante el fortalecimiento de las condiciones y servicios municipales.
¿Para qué sirve?
Permite cumplir con el pago de las contribuciones establecidas en la Ley de ingresos de cada municipio.
¿Qué necesitas?
Proceso:
Presentar su declaración a través del Portal de Pagos.
Modalidades de pago:
Aclaraciones:
Marco jurídico:
Ley de ingresos de cada municipio
¿Quiénes pueden solicitar el trámite?
Personas Físicas y Morales inscritas al padrón de Catastral.
Tipo de trámite:
En línea
Plazo de resolución:
No Aplica
Vigencia:
No Aplica