Pago al Impuesto Predial

Este trámite consiste en el pago del impuesto que se recauda de 36 municipios del estado, con excepción de Durango, Gómez Palacio y Lerdo. Dicho impuesto se aplica sobre la propiedad inmueble y se genera por la existencia del predio. Su recaudación tiene diversos propósitos, entre ellos contribuir a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos mediante el fortalecimiento de las condiciones y servicios municipales.

¿Para qué sirve?

Permite cumplir con el pago de las contribuciones establecidas en la Ley de ingresos de cada municipio.

¿Qué necesitas?

  • Clave catastral

Proceso:

Presentar su declaración a través del Portal de Pagos.

Modalidades de pago:

  • Pago en línea.
  • En ventanilla de Sucursal bancaria mediante el Estado de Cuenta que se genera en la plataforma.

Aclaraciones:

  • Podrás realizar el pago de cualquier predio diferente a Durango. Para los casos de Gómez Palacio y Lerdo, se deberán pagar en cajas del municipio correspondiente.
  • El monto del pago es en base a un cálculo catastral que se realiza en base a la Ley de Ingresos de cada municipio.

Marco jurídico:

Ley de ingresos de cada municipio

¿Quiénes pueden solicitar el trámite?

Personas Físicas y Morales inscritas al padrón de Catastral.

Tipo de trámite:

En línea

Plazo de resolución:

No Aplica

Vigencia:

No Aplica